Términos del servicio

Artículo 1 – Definiciones
En las presentes condiciones se entenderá por:

Plazo de desistimiento: el plazo dentro del cual el consumidor puede ejercer su derecho de desistimiento;

Consumidor: la persona física que no actúa en el marco de su actividad profesional o empresarial y que celebra un contrato a distancia con el empresario;

Día: día natural;

Transacción de tracto sucesivo: un contrato a distancia relativo a una serie de productos y/o servicios cuya obligación de entrega y/o de suministro se prolonga en el tiempo;

Soporte duradero: cualquier medio que permita al consumidor o al empresario almacenar la información que se le dirija personalmente, de forma que en el futuro pueda consultarla y reproducirla sin cambios;

Derecho de desistimiento: la posibilidad del consumidor de resolver el contrato a distancia dentro del plazo de desistimiento;

Empresario: la persona física o jurídica que ofrece productos y/o servicios a distancia a los consumidores;

Contrato a distancia: un contrato en el que, en el marco de un sistema organizado por el empresario para la venta a distancia de productos y/o servicios, se hace uso exclusivamente, hasta la celebración del contrato, de una o varias técnicas de comunicación a distancia;

Técnica de comunicación a distancia: medio que puede utilizarse para la celebración de un contrato sin que el consumidor y el empresario se encuentren simultáneamente en el mismo lugar.

Condiciones generales: las presentes condiciones generales del empresario.

Artículo 2 – Identidad del empresario
Razón social: RGM Commerce B.V.
Nombre comercial: My Coochie 
Dirección de la empresa: De Husyacker 6, 5505KA, Veldhoven, Países Bajos (sin dirección de devolución)
Correo electrónico de atención al cliente: hello@mycoochie.eu

Artículo 3 – Aplicabilidad
Las presentes condiciones generales son de aplicación a toda oferta del empresario, así como a todo contrato a distancia celebrado y a todo pedido entre el empresario y el consumidor.

Antes de la celebración del contrato a distancia, se pondrá a disposición del consumidor el texto de las presentes condiciones generales. Si ello no fuera razonablemente posible, se indicará, antes de la celebración del contrato, que las condiciones generales pueden consultarse en el establecimiento del empresario y que se remitirán gratuitamente al consumidor, a petición de este, lo antes posible.

Si el contrato a distancia se celebra por vía electrónica, no obstante lo dispuesto en el apartado anterior y antes de la celebración del contrato, el texto de las presentes condiciones generales podrá ponerse a disposición del consumidor por vía electrónica, de tal manera que este pueda almacenarlo fácilmente en un soporte duradero. Si ello no fuera razonablemente posible, se indicará, antes de la celebración del contrato, dónde pueden consultarse por vía electrónica las condiciones generales y que se remitirán gratuitamente al consumidor, a petición de este, por vía electrónica o de otro modo.

En caso de que, además de las presentes condiciones generales, sean de aplicación condiciones específicas relativas a productos o servicios, los apartados segundo y tercero se aplicarán por analogía, y el consumidor podrá invocar siempre, en caso de condiciones generales contradictorias, la disposición que le resulte más favorable.

Si una o varias disposiciones de las presentes condiciones generales resultaran, en cualquier momento, total o parcialmente nulas o fueran anuladas, el contrato y las presentes condiciones seguirán siendo válidos en lo demás, y la disposición en cuestión será sustituida sin demora, de mutuo acuerdo, por una disposición que se aproxime en la mayor medida posible a la finalidad de la disposición original.

Las situaciones no reguladas en las presentes condiciones generales deberán apreciarse «conforme al espíritu» de estas.

Las dudas relativas a la interpretación o al contenido de una o varias disposiciones de nuestras condiciones deberán interpretarse «conforme al espíritu» de las presentes condiciones generales.

Artículo 4 – La oferta
Si una oferta tiene una duración de validez limitada o se realiza bajo determinadas condiciones, ello se indicará expresamente en la oferta.

La oferta no es vinculante.

El empresario está facultado para modificar y adaptar la oferta.

La oferta contiene una descripción completa y precisa de los productos y/o servicios ofrecidos. La descripción es suficientemente detallada como para permitir al consumidor una valoración adecuada de la oferta. Si el empresario utiliza imágenes, estas constituyen una representación fiel de los productos y/o servicios ofrecidos. Los errores manifiestos o evidentes en la oferta no vincularán al empresario.

Todas las imágenes, especificaciones y datos incluidos en la oferta tienen carácter indicativo y no pueden dar lugar a indemnización por daños ni a la resolución del contrato.

Las imágenes de los productos constituyen una representación fiel de los productos ofrecidos. El empresario no puede garantizar que los colores mostrados coincidan exactamente con los colores reales de los productos.

Toda oferta contiene información que permite al consumidor conocer claramente los derechos y obligaciones que se derivan de la aceptación de la oferta.

Esto se refiere en particular a:

  • el precio, con exclusión de los gastos de despacho aduanero y del IVA de importación. Estos gastos adicionales serán por cuenta y riesgo del cliente. El servicio postal y/o de mensajería aplicará, en relación con la importación, el régimen especial para servicios postales y de mensajería. Este régimen se aplica siempre que las mercancías se importen en el país de la UE de destino, lo cual es aquí el caso. El servicio postal o de mensajería recaudará el IVA (en su caso, junto con los gastos de despacho aduanero facturados) al destinatario de las mercancías;

  • los eventuales gastos de envío;

  • la forma en que se celebrará el contrato y las actuaciones necesarias para ello;

  • si el derecho de desistimiento resulta o no de aplicación;

  • la forma de pago, entrega y ejecución del contrato;

  • el plazo de aceptación de la oferta, o el plazo durante el cual el empresario garantiza el precio;

  • el importe de la tarifa de comunicación a distancia, en caso de que los costes de uso de la técnica de comunicación a distancia se calculen sobre una base distinta de la tarifa básica habitual del medio de comunicación utilizado;

  • si el contrato, una vez celebrado, se archivará y, en su caso, de qué forma puede consultarlo el consumidor;

  • la forma en que el consumidor puede, antes de la celebración del contrato, comprobar y, en su caso, corregir los datos que haya facilitado en el marco del contrato;

  • los eventuales otros idiomas, además del neerlandés, en los que puede celebrarse el contrato;

  • los códigos de conducta a los que esté sometido el empresario y la forma en que el consumidor puede consultar dichos códigos por vía electrónica; y

  • la duración mínima del contrato a distancia en caso de transacción de tracto sucesivo.

Opcional: tallas, colores y tipos de materiales disponibles.

Artículo 5 – El contrato
El contrato se perfecciona, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 4, en el momento en que el consumidor acepta la oferta y cumple las condiciones establecidas al efecto.

Si el consumidor ha aceptado la oferta por vía electrónica, el empresario confirmará sin demora, por vía electrónica, la recepción de la aceptación de la oferta. Mientras el empresario no haya confirmado la recepción de dicha aceptación, el consumidor podrá resolver el contrato.

Si el contrato se celebra por vía electrónica, el empresario adoptará las medidas técnicas y organizativas adecuadas para garantizar la seguridad de la transmisión electrónica de datos y velará por un entorno web seguro. Si el consumidor puede pagar por vía electrónica, el empresario adoptará a tal efecto las medidas de seguridad apropiadas.

El empresario podrá, dentro de los límites legales, informarse sobre la capacidad del consumidor para cumplir sus obligaciones de pago, así como sobre todos aquellos hechos y factores relevantes para la celebración responsable del contrato a distancia. Si, sobre la base de esta comprobación, el empresario tiene motivos fundados para no celebrar el contrato, estará facultado para rechazar de forma motivada un pedido o una solicitud, o para supeditar su ejecución a condiciones especiales.

El empresario comunicará al consumidor, a más tardar en el momento de la entrega del producto o del servicio, la siguiente información, por escrito o de forma que el consumidor pueda almacenarla de manera accesible en un soporte duradero:

  • la dirección del establecimiento del empresario ante el cual el consumidor puede presentar sus reclamaciones;

  • las condiciones en las que, y la forma en que, el consumidor puede ejercer el derecho de desistimiento, o una mención clara de la exclusión de dicho derecho;

  • la información relativa a las garantías y al servicio posventa existente;

  • la información contemplada en el artículo 4, apartado 3, de las presentes condiciones, en la medida en que el empresario no la haya facilitado ya al consumidor antes de la ejecución del contrato;

  • los requisitos para la resolución del contrato cuando este tenga una duración superior a un año o se haya celebrado por tiempo indefinido.

En caso de transacción de tracto sucesivo, lo dispuesto en el apartado anterior solo será de aplicación a la primera entrega.

Todo contrato se celebra bajo la condición suspensiva de que exista suficiente disponibilidad de los productos correspondientes.

Artículo 6 – Derecho de desistimiento
En la compra de productos, el consumidor tiene la posibilidad de resolver el contrato sin necesidad de indicar el motivo, dentro de un plazo de 14 días. Este plazo de desistimiento comenzará a contar a partir del día siguiente a la recepción del producto por el consumidor, o por un representante previamente designado por este y comunicado al empresario.

Durante el plazo de desistimiento, el consumidor tratará el producto y su embalaje con cuidado. Solo desembalará o utilizará el producto en la medida necesaria para poder valorar si desea conservarlo. Si ejerce su derecho de desistimiento, deberá devolver el producto al empresario con todos los accesorios entregados y, en la medida en que sea razonablemente posible, en su estado y embalaje originales, conforme a las instrucciones razonables y claras facilitadas por el empresario.

Si el consumidor desea ejercer su derecho de desistimiento, estará obligado a comunicarlo al empresario dentro de un plazo de 14 días a partir de la recepción del producto. Dicha comunicación deberá realizarse mediante un correo electrónico por escrito. Una vez que el consumidor haya comunicado su intención de ejercer el derecho de desistimiento, deberá devolver el producto en un plazo de 14 días. El consumidor deberá demostrar que el bien entregado fue devuelto dentro de plazo, por ejemplo mediante un justificante de envío.

Si, transcurridos los plazos mencionados en los apartados 2 y 3, el cliente no ha comunicado su intención de ejercer el derecho de desistimiento, o no ha devuelto el producto al empresario, la compra se considerará definitiva.

Artículo 7 – Gastos en caso de desistimiento
Si el consumidor ejerce su derecho de desistimiento, los gastos de devolución de los productos correrán por su cuenta.

Si el consumidor ha pagado una cantidad, el empresario la reembolsará lo antes posible y, a más tardar, dentro de los 14 días siguientes al desistimiento. Ello estará supeditado a que el producto haya sido ya recibido de vuelta por el titular de la tienda en línea, o a que pueda presentarse una prueba concluyente de la devolución completa.

Artículo 8 – Exclusión del derecho de desistimiento
El empresario puede excluir el derecho de desistimiento del consumidor respecto de los productos descritos en los apartados 2 y 3. La exclusión del derecho de desistimiento solo será válida si el empresario la ha indicado claramente en la oferta, o al menos en tiempo oportuno antes de la celebración del contrato.

La exclusión del derecho de desistimiento solo es posible en relación con productos:

  • fabricados por el empresario conforme a las especificaciones del consumidor;

  • de carácter claramente personalizado;

  • que, por su naturaleza, no puedan devolverse;

  • que puedan deteriorarse o caducar con rapidez;

  • cuyo precio dependa de fluctuaciones del mercado financiero sobre las que el empresario no tenga control;

  • de periódicos y revistas sueltos;

  • de grabaciones de audio y vídeo y de programas informáticos cuyo precinto haya sido retirado por el consumidor.

La exclusión del derecho de desistimiento solo es posible en relación con servicios:

  • relativos a alojamiento, transporte, restauración o actividades de ocio que deban prestarse en una fecha o período determinado;

  • cuya ejecución haya comenzado con el consentimiento expreso del consumidor antes de que finalizara el plazo de desistimiento;

  • relativos a apuestas y loterías.

Artículo 9 – El precio
Durante el período de validez mencionado en la oferta, los precios de los productos y/o servicios ofrecidos no se incrementarán, salvo las variaciones de precio derivadas de modificaciones de los tipos del IVA.

No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, el empresario podrá ofrecer a precios variables aquellos productos o servicios cuyos precios estén vinculados a fluctuaciones del mercado financiero sobre las que no tenga control. Dicha vinculación a las fluctuaciones, así como el carácter orientativo de los precios que en su caso se indiquen, se harán constar en la oferta.

Los incrementos de precio dentro de los 3 meses siguientes a la celebración del contrato únicamente serán admisibles si resultan de disposiciones o normativas legales.

Los incrementos de precio transcurridos 3 meses desde la celebración del contrato únicamente serán admisibles si el empresario se lo ha reservado y:

  • resultan de disposiciones o normativas legales; o

  • el consumidor tiene la facultad de resolver el contrato con efectos a partir del día en que el incremento de precio entre en vigor.

El lugar de entrega se determina de conformidad con el artículo 5, apartado 1, de la Ley neerlandesa del Impuesto sobre el Volumen de Negocios de 1968 (Wet op de omzetbelasting 1968) y se sitúa en el país donde se inicia el transporte. En el presente caso, dicha entrega tiene lugar fuera de la UE. En consecuencia, el IVA de importación y/o los gastos de despacho aduanero serán recaudados al destinatario por el servicio postal o de mensajería. Por ello, el empresario no facturará IVA.

Todos los precios se indican salvo error de imprenta o de composición. No se asumirá responsabilidad alguna por las consecuencias de errores de imprenta o de composición. En caso de error de imprenta o de composición, el empresario no estará obligado a entregar el producto al precio erróneo.

Artículo 10 – Conformidad y garantía
El empresario garantiza que los productos y/o servicios son conformes con el contrato, con las especificaciones indicadas en la oferta, con los requisitos razonables de idoneidad y/o aptitud para el uso, así como con las disposiciones legales y/o normativas vigentes en la fecha de celebración del contrato. Si así se hubiera acordado, el empresario garantiza asimismo que el producto es apto para un uso distinto del uso normal.

Una garantía ofrecida por el empresario, el fabricante o el importador no afecta en modo alguno a los derechos y acciones legales que el consumidor pueda ejercer frente al empresario en virtud del contrato.

Los eventuales defectos o los productos entregados incorrectamente deberán comunicarse por escrito al empresario dentro de los 14 días siguientes a la entrega. La devolución de los productos deberá realizarse en el embalaje original y en estado de nuevo.

El plazo de garantía del empresario coincide con el plazo de garantía del fabricante. No obstante, el empresario no será en ningún caso responsable de la idoneidad final de los productos para cada uso individual por parte del consumidor, ni de los eventuales consejos relativos al uso o a la aplicación de los productos.

La garantía no será de aplicación si:

  • el consumidor ha reparado y/o modificado por sí mismo los productos entregados, o los ha hecho reparar y/o modificar por terceros;

  • los productos entregados han sido sometidos a condiciones anómalas o han sido tratados de forma negligente, o se han manipulado contraviniendo las instrucciones del empresario y/o las indicaciones del embalaje;

  • el defecto resulta, total o parcialmente, de normativas que las autoridades hayan dictado o dicten en relación con la naturaleza o la calidad de los materiales utilizados.

Artículo 11 – Entrega y ejecución
El empresario pondrá el máximo cuidado en la recepción y ejecución de los pedidos de productos.

Se considerará lugar de entrega la dirección que el consumidor haya comunicado a la empresa.

Con observancia de lo dispuesto en el artículo 4 de las presentes condiciones generales, la empresa ejecutará los pedidos aceptados con diligencia y, a más tardar, en un plazo de 30 días, salvo que el consumidor haya aceptado un plazo de entrega más largo. Si se produjeran retrasos en la entrega, o si un pedido no pudiera ejecutarse o solo pudiera ejecutarse parcialmente, el consumidor será informado de ello a más tardar 30 días después de haber realizado el pedido. En tal caso, el consumidor tendrá derecho a resolver el contrato sin coste alguno y derecho a una eventual indemnización por daños.

En caso de resolución conforme a lo dispuesto en el apartado anterior, el empresario reembolsará el importe abonado por el consumidor lo antes posible y, a más tardar, dentro de los 14 días siguientes a la resolución.

Si la entrega de un producto pedido resultara imposible, el empresario se esforzará por poner a disposición un producto sustitutivo. A más tardar en el momento de la entrega, se comunicará de forma clara y comprensible que se entrega un producto sustitutivo. El derecho de desistimiento no podrá excluirse respecto de los productos sustitutivos. Los gastos de una eventual devolución correrán por cuenta del empresario.

El riesgo de deterioro y/o pérdida de los productos corresponde al empresario hasta el momento de la entrega al consumidor o a un representante previamente designado y comunicado al empresario, salvo que se haya acordado expresamente lo contrario.

Artículo 12 – Transacciones de tracto sucesivo: duración, resolución y prórroga

Resolución
El consumidor podrá resolver, en cualquier momento, un contrato celebrado por tiempo indefinido que tenga por objeto el suministro regular de productos (incluida la electricidad) o de servicios, respetando las normas de resolución acordadas al efecto y un preaviso máximo de un mes.

El consumidor podrá resolver un contrato celebrado por tiempo determinado que tenga por objeto el suministro regular de productos (incluida la electricidad) o de servicios, en cualquier momento hasta el final de la duración determinada, respetando las normas de resolución acordadas al efecto y un preaviso máximo de un mes.

El consumidor podrá resolver los contratos mencionados en los apartados anteriores:

  • en cualquier momento, sin quedar limitado a la resolución en una fecha o período determinados;

  • al menos, del mismo modo en que los celebró;

  • siempre con el mismo plazo de preaviso que el empresario se haya reservado para sí mismo.

Prórroga
Un contrato celebrado por tiempo determinado que tenga por objeto el suministro regular de productos (incluida la electricidad) o de servicios no podrá prorrogarse o renovarse tácitamente por tiempo determinado.

No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, un contrato celebrado por tiempo determinado que tenga por objeto el suministro regular de diarios, publicaciones informativas, semanarios y revistas podrá prorrogarse tácitamente por una duración determinada máxima de tres meses, siempre que el consumidor pueda resolver dicho contrato prorrogado al final de la prórroga con un preaviso máximo de un mes.

Un contrato celebrado por tiempo determinado que tenga por objeto el suministro regular de productos o de servicios únicamente podrá prorrogarse tácitamente por tiempo indefinido si el consumidor puede resolverlo en cualquier momento con un preaviso máximo de un mes, y con un preaviso máximo de tres meses en el supuesto de que el contrato se refiera al suministro regular, pero con una frecuencia inferior a una vez al mes, de diarios, publicaciones informativas, semanarios y revistas.

Un contrato de duración limitada para la suscripción de prueba de diarios, publicaciones informativas, semanarios y revistas (suscripción de prueba o de introducción) no se prorrogará tácitamente y finalizará automáticamente al término del período de prueba o introducción.

Duración
Si un contrato tiene una duración superior a un año, el consumidor podrá, transcurrido un año, resolver el contrato en cualquier momento con un preaviso máximo de un mes, salvo que la razonabilidad y la equidad se opongan a una resolución antes de que finalice la duración pactada.

Artículo 13 – Pago
Salvo pacto en contrario, las cantidades adeudadas por el consumidor deberán abonarse dentro de los 7 días laborables siguientes al inicio del plazo de desistimiento previsto en el artículo 6, apartado 1. En el caso de un contrato de prestación de servicios, este plazo comenzará a contar una vez que el consumidor haya recibido la confirmación del contrato.

El consumidor está obligado a comunicar sin demora al empresario cualquier inexactitud en los datos de pago facilitados o comunicados.

En caso de impago por parte del consumidor, el empresario tendrá derecho, sin perjuicio de las limitaciones legales, a facturar los gastos razonables previamente comunicados al consumidor.

Artículo 14 – Régimen de reclamaciones
Las reclamaciones relativas a la ejecución del contrato deberán presentarse ante el empresario dentro de un plazo de 7 días, de forma completa y claramente descrita, una vez que el consumidor haya detectado los defectos.

Las reclamaciones presentadas ante el empresario serán respondidas dentro de un plazo de 14 días a contar desde la fecha de recepción. Si una reclamación requiere previsiblemente un tiempo de tramitación más prolongado, el empresario responderá dentro del plazo de 14 días con un acuse de recibo y una indicación del momento en que el consumidor puede esperar una respuesta más detallada.

Si la reclamación no puede resolverse de mutuo acuerdo, se originará una controversia sujeta al procedimiento de resolución de litigios.

Una reclamación no suspenderá las obligaciones del empresario, salvo que este indique lo contrario por escrito.

Si una reclamación es considerada fundada por el empresario, este, a su elección, sustituirá o reparará gratuitamente los productos entregados.

Artículo 15 – Litigios
A los contratos entre el empresario y el consumidor a los que se refieren las presentes condiciones generales les será de aplicación exclusivamente el derecho neerlandés, incluso cuando el consumidor tenga su domicilio en el extranjero.

Artículo 16 – CESOP
En virtud de las medidas introducidas y reforzadas a partir de 2024 en relación con la «modificación de la Ley del Impuesto sobre el Volumen de Negocios de 1968 (Ley de transposición de la Directiva relativa a los proveedores de servicios de pago)» y la consiguiente implementación del Central Electronic System of Payment Information (CESOP), los proveedores de servicios de pago podrán registrar datos en el sistema europeo CESOP.